Tarifa Plana de Autónomos



Tarifa Plana Autonomos
Por la tarifa plana de autónomos el pago mensual por este concepto es de 50€ y no 267€ que sería la cuota mínima aplicable.


Aunque se aplique esta bonificación a efectos de jubilación y otros efectos de cotización computa como si se hubiera cotizado sin ella, lo que es un beneficio considerable, El ahorro total puede ascender a 2.580€ durante los treinta meses que se aplica.

REQUISITOS PARA APLICARSE EL BENEFICIO


  • No haber cotizado como autónomo en los cinco años anteriores

Es la Tesorería de la Seguridad Social quién debe reconocer el beneficio y aplica tres requisitos más para ello

  • No se aplica a los administradores de sociedades mercantiles.
  • No se concede a los que hayan recibido anteriormente otra bonificación de la Seguridad Social como autónomos en cualquier momento de su vida.
  • No se concede a los autónomos colaboradores (que es un régimen especial para el trabajo de familiares del empresario).

Si se la pueden aplicar los trabajadores de las cooperativas de trabajo asociado y los del régimen especial de trabajadores del mar

En un principio esta bonificación no se concedía a los autónomos que tuvieran a su cargo personal asalariado pero actualmente si pueden acceder a ella

EN QUÉ CONSISTE LA BONIFICACIÓN

Se aplica por un  máximo de treinta meses (que siguen corriendo aunque el autónomo se dé de baja en algún periodo intermedio) de la siguiente manera:

  •  Reducción del 80% de la cuota durante los seis primeros meses desde el alta, se pagan 50€ mensuales.
  •  Reducción del 50% durante los siguientes seis meses se pagan 133€ mensuales
  •  Reducción del 30% durante los siguientes seis meses, se pagan 186€ mensuales
  •  Bonificación del 30% durante los siguientes quince meses desde que termina el periodo de reducción (esta última solo es aplicable a los trabajadores menores de 30 años o las trabajadoras menores de 35, para los mayores de treinta años el beneficio termina a los 18 meses).
Hay casos especiales para trabajadoras víctimas de violencia de género, trabajadores con minusvalía superior al 33% o trabajadores víctimas de violencia terrorista, en este caso tienen una cuota de 50€ durante los primeros doce meses y bonificación del 50% entre el mes 13 y el 48

Las comunidades autónomas suelen complementar estos beneficios con diferentes requisitos y condiciones según la comunidad; por ejemplo Madrid complementa el beneficio aportando dinero para que salga el pago de 50€ durante los primeros 18 meses.

Bonificación para Mujeres Autónomos

En julio de 2017 se ha aprobado, además, una bonificación específica para mujeres que hayan cesado la actividad por maternidad y vuelvan a realizarla en los dos años siguientes.
Esta bonificación consiste en que pagan, por contingencias comunes incluida la incapacidad temporal, una cuota fija de 50€ durante los doce meses siguientes.

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